
- ¿Qué declaró la Corte Constitucional?
La Corte Constitucional declaró inconstitucional la Ley de Solidaridad Nacional. Conoce qué implicaciones tienen para las SAS, qué pueden hacer hoy y qué sigue prohibido.
El 26 de septiembre de 2025, la Corte Constitucional del Ecuador emitió la Sentencia N.º 51-25-IN/25, declarando inconstitucional la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional (LOSN) en su totalidad.
El fallo se basó en que dicha ley fue aprobada con vicios de procedimiento, al vulnerar los principios de unidad de materia y trámite legislativo ordinario, previstos en los artículos 136 y 140 de la Constitución.
Esta decisión no solo anuló una ley aprobada con irregularidades, sino que restauró la estabilidad normativa de varias áreas del derecho, incluyendo el ámbito societario y empresarial.
Entre los efectos más relevantes del fallo, la Corte eliminó la disposición de la LOSN que había impuesto restricciones a las SAS, impidiéndoles operar en actividades relacionadas con operaciones financieras, de mercado de valores, seguros, operaciones vinculadas a sectores estratégicos, minería o aquellas que tengan un tratamiento especial en la ley.
Con la sentencia, las Sociedades por Acciones Simplificadas recuperaron su plena capacidad para realizar cualquier actividad mercantil lícita, lo que significa que pueden dedicarse libremente a actividades comerciales, industriales o de servicios, sin limitaciones sectoriales.
En palabras simples, las SAS vuelven a tener la flexibilidad empresarial que motivó su creación en 2020: ser un vehículo jurídico moderno, ágil y accesible para emprendedores y pequeñas empresas.
2. ¿Por qué se considera una buena noticia?
Antes de esta decisión, las SAS estaban en una situación de incertidumbre jurídica. La LOSN les imponía restricciones arbitrarias, como prohibirles operar en sectores financieros, mineros o estratégicos, lo que afectaba la confianza de inversionistas y emprendedores.
Con la sentencia de la Corte Constitucional, se restableció el principio de seguridad jurídica y se devolvió a las SAS su régimen original: un modelo societario flexible, rápido y con menos formalidades y trabas que las sociedades anónimas o limitadas.
Esto es clave para la reactivación económica, pues las SAS son la figura preferida por quienes buscan constituir empresas con menores costos y trámites simplificados.
3. Lo que las SAS sí pueden hacer hoy
Después de la sentencia, las SAS en Ecuador puede desarrollar cualquier tipo de actividad mercantil lícita, sin limitaciones impuestas por la LOSN, con plena libertad empresarial, pero dentro de los límites del derecho privado.
Sin embargo, lo que las SAS no pueden hacer es cotizar en bolsa de valores. Aunque la sentencia eliminó las restricciones de la LOSN, no modificó la Ley de Compañías.
Por tanto, sigue vigente esta restricciones, que establece: “Las acciones que emita la sociedad por acciones simplificada no podrán inscribirse en el Catastro Público de Mercado de Valores ni ser negociadas en bolsa.” Esto significa que las SAS no pueden cotizar sus acciones en las bolsas de valores del Ecuador ni emitir valores de oferta pública.
Si una empresa desea hacerlo, deberá transformarse en sociedad anónima (S.A.), que sí puede listar sus acciones en el mercado bursátil y acceder a financiamiento a través de la bolsa de valores.
Preguntas Frecuentes:
- ¿Qué actividades pueden realizar las SAS en Ecuador tras la sentencia de la Corte Constitucional?
Desde el 26 de septiembre de 2025, las SAS pueden realizar cualquier actividad mercantil lícita sin restricciones sectoriales, incluyendo servicios financieros, minería o sectores estratégicos, siempre que no contradigan otras leyes vigentes.
- ¿Las SAS pueden cotizar en la Bolsa de Valores del Ecuador?
No. A pesar de la sentencia, la Ley de Compañías aún prohíbe que las acciones de una SAS se inscriban en el mercado de valores o se negocien públicamente. Para ello, la empresa debe transformarse en sociedad anónima (S.A.).
- ¿Qué beneficios ofrece ahora una SAS para emprendedores o inversionistas?
Las SAS recuperan su flexibilidad original: menos trámites, menor costo de constitución, mayor agilidad en la toma de decisiones y libertad para operar en cualquier sector lícito. Es una excelente opción para startups y pymes.
Si quieres profundizar en las opciones legales disponibles para crear una empresa en Ecuador, te invitamos a leer nuestro artículo «Tipos de compañías en Ecuador: ¿S.A., S.A.S. o LTDA?». Allí encontrarás una guía clara sobre las principales figuras societarias. Ideal para emprendedores y empresarios que desean tomar decisiones informadas.
Advertencia:
Este artículo de Lawem Abogados no podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento puramente informativo.
Si deseas más información sobre este proceso o una asesoría personalizada para tu empresa, no dudes en escribirnos al correo electrónico: info@lawemabogados.com
Autor: José Suasnavas