
Los hechos recientes relacionados con Nicolás Maduro Moros, en su calidad de presidente de la República Bolivariana de Venezuela, han reactivado un debate clásico del derecho internacional público: hasta dónde puede extenderse la jurisdicción penal de un Estado sin afectar el principio de soberanía.
Desde el punto de vista del derecho internacional, cuando las actuaciones de un Estado se dirigen contra quien ejerce la jefatura de otro, el análisis jurídico se desplaza del plano individual al plano interestatal. Esta consideración no se refiere a la conducta personal del funcionario, sino a los efectos que tales actuaciones producen en la relación jurídica entre Estados soberanos.
Venezuela, al margen de sus controversias internas, continúa siendo un Estado soberano. La soberanía territorial implica que ningún Estado puede ejercer funciones públicas dentro del territorio de otro sin su consentimiento. La persecución penal, cuando supone captura, traslado o sometimiento forzoso a jurisdicción extranjera constituye una forma de ejercicio de poder público que no puede analizarse únicamente desde la gravedad de las imputaciones existentes.
Un precedente relevante para este debate es el caso Eichmann (Argentina–Israel, 1960). En aquella ocasión, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sostuvo que la captura de una persona en territorio de un Estado sin su consentimiento vulnera la soberanía estatal, aun cuando se trate de crímenes de extrema gravedad. El Consejo fue claro en separar dos planos distintos: la responsabilidad penal del individuo y la responsabilidad internacional del Estado que ejecuta la captura.
Aplicado al caso venezolano, este criterio conduce a una conclusión jurídica prudente: la existencia de acusaciones graves contra un jefe de Estado no elimina automáticamente los límites que el derecho internacional impone a la jurisdicción penal extraterritorial. Admitir lo contrario supone debilitar un principio que estructura la convivencia entre Estados.
El debate que se abre a partir de Venezuela y Nicolás Maduro no es político, sino jurídico. No gira en torno a quién debe ser juzgado, sino cómo y bajo qué mecanismos puede ejercerse legítimamente la persecución penal sin erosionar el sistema internacional de soberanía estatal.
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Autor: Alex Santacruz