A partir del 12 de mayo de 2025, mediante el Decreto Ejecutivo N.º 619 emitido el 2 de mayo de 2025, Ecuador exigirá la presentación de un certificado de vacunación contra la fiebre amarilla para ingresar al país desde Perú, Colombia, Brasil y Bolivia, o si ha permanecido más de 10 días en tránsito o visita en estos países. Esta medida sanitaria busca prevenir la propagación de enfermedades endémicas, en cumplimiento del Reglamento Sanitario Internacional (RSI 2005), según lo comunicado oficialmente por el Ministerio de Salud Pública de Ecuador.
Requisitos del Certificado de Vacunación
El certificado de vacunación deberá cumplir con los siguientes requisitos mínimos de validez:
- Nombre de la vacuna.
- Fecha de aplicación (o vacunación).
- Firma y título del profesional de salud (o clínico responsable).
- Fabricante y número de lote de la vacuna.
- Fechas de validez del certificado.
- Sello oficial del centro de vacunación autorizado.
Importante: La vacuna debe haberse aplicado al menos 10 días antes del ingreso a Ecuador.
Para residentes y viajeros nacionales:
Si planea visitar las provincias amazónicas de Sucumbíos, Orellana, Napo, Pastaza, Morona Santiago o Zamora Chinchipe y no cuenta con la vacuna, deberá aplicársela con una antelación mínima de 10 días. Asimismo, las personas ecuatorianas o residentes que no tengan antecedentes de vacunación contra la fiebre amarilla y tengan previsto viajar a estas zonas de riesgo en la Amazonía ecuatoriana deberán recibir la vacuna al menos 10 días antes del desplazamiento.
En caso de requerir información adicional, no dude en contactarnos.
Advertencia: Este artículo de Lawem Abogados no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento puramente informativo.