
Interoperabilidad de las Bases de Datos Públicas: Un Enfoque Modernizado
La interoperabilidad de las bases de datos públicas ha sido, históricamente, un área gestionada exclusivamente por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (DINARDAP). Esta entidad gubernamental se encargaba de garantizar que las bases de datos pudieran conectarse de manera segura para facilitar servicios tanto a instituciones públicas como a los ciudadanos. Sin embargo, una reciente reforma ha traído consigo importantes cambios.
Ahora, con la reforma realizada al Artículo 14 del Reglamento a la Ley del Sistema Nacional de Registros de Datos Públicos a través del Decreto Ejecutivo No. 398 publicado en el Registro Oficila Suplemento 651 de 25 de septiembre de 2024, el sector privado también puede acceder a esta interoperabilidad, abriendo nuevas puertas a las empresas que busquen mejorar su acceso a la información pública. Este acceso se permite siempre que las instituciones privadas cumplan con tres requisitos clave:
- Cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP).
- Adopción de los requisitos adicionales establecidos por la DINARDAP.
- Pago de una tarifa por el acceso a la información.
Este cambio representa un avance significativo en la modernización del sistema de registros públicos en Ecuador, permitiendo a las empresas acceder a datos valiosos sin comprometer la seguridad y confidencialidad de los mismos.
¿Qué es la DINARDAP y Cuál es su Rol?
La DINARDAP es la institución encargada de regular el Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos en Ecuador. Su objetivo es garantizar que las bases de datos sean accesibles y seguras, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Con las reformas recientes, esta entidad mantiene su rol, pero ahora facilita también el acceso a las empresas privadas, bajo estrictas regulaciones.
La Ficha de Registro Único del Ciudadano: Protección de Datos Reforzada
Anteriormente, la DINARDAP gestionaba una ficha con la información de cada ciudadano, disponible a través de un portal seguro o en formato físico. Tras las reformas, se han endurecido las reglas de acceso a esta ficha, con un enfoque claro en la protección de datos personales.
Ahora, cualquier acceso a esta ficha estará regido por la LOPDP y las directrices de la Autoridad de Protección de Datos, junto con la DINARDAP, reforzando así la seguridad y confidencialidad de la información sensible.
Impacto para el Sector Privado: ¿Cómo Prepararse?
Las empresas que busquen aprovechar la interoperabilidad de las bases de datos públicas deben prepararse para cumplir con las normativas actuales. Esto incluye:
- Cumplir con la LOPDP: Las empresas deben adoptar medidas técnicas y organizativas que protejan adecuadamente los datos personales de los ciudadanos.
- Adaptar sus operaciones: No solo es necesario cumplir con las normativas, sino también incorporar prácticas que aseguren la protección continua de la información.
Este cambio no solo permite a las empresas acceder a información valiosa, sino que también exige un alto nivel de responsabilidad en el manejo de los datos.
Implementación y Plazos
El Decreto establece un plazo de 120 días para que la DINARDAP elabore un plan y adopte las normativas internas necesarias para garantizar la correcta ejecución de esta reforma. Durante este tiempo, se desarrollarán y mejorarán las herramientas tecnológicas que facilitarán la interoperabilidad y el acceso seguro a los datos públicos.
Conclusión
La reforma a la interoperabilidad de las bases de datos públicas en Ecuador abre nuevas oportunidades para el sector privado. Sin embargo, es vital que tanto las instituciones públicas como privadas se adapten a los nuevos requisitos para garantizar la seguridad y el manejo responsable de la información. Este es un paso adelante en la modernización del sistema de registros públicos, siempre manteniendo la protección de los datos personales como prioridad.
1. Cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP).
2. Adopción de los requisitos adicionales establecidos por la DINARDAP.
3. Pago de una tarifa por el acceso a la información.
Las empresas que deseen acceder a la interoperabilidad de las bases de datos públicas deben cumplir con la LOPDP y adaptar sus operaciones, las mismas que aseguren la protección continua de la información.
El pazo que tiene la DINARDAP es de 120 días. En este periodo de tiempo se debe desarrollar y mejorar las herramientas tecnológicas.
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